El seguro colectivo de vida obligatorio es una de las pólizas más importantes dentro del ámbito laboral, tanto para el empleado como para el empleador.
Dentro del entorno laboral, aunque en algunos casos no lo parezca, existen muchos riesgos para el empleado, incluyendo el de perder la vida. Por este motivo, para que los seres queridos del fallecido y el empleador queden protegidos financieramente, existe el seguro de vida colectivo.
Los seguros de vida para empresas pueden ser obligatorios en su contratación, según lo disponga un decreto, la ley de Contrato de Trabajo o algún convenio en particular:
- Seguro colectivo de vida obligatorio (Decreto 1567/74). Es un seguro que brinda cobertura a familiares (herederos) caso de fallecimiento de un empleado.
- ART (Según Ley 24557 de Riesgos de Trabajo). Es un seguro que brinda cobertura en caso de accidentes de trabajo o por enfermedades profesionales.
Además, de acuerdo a la actividad que desempeñe tu empresa, las siguientes coberturas también podrían ser obligatorias:
- Seguro colectivo de Vida Obligatorio para Actividades Rurales (Ley 16.600). Se trata de una cobertura en caso de muerte o invalidez total y permanente.
- Convenio Mercantil (N° 130/75). La cobertura ampara muerte del empleado, invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.
- Cobertura de sepelio. Una cobertura de traslados, velatorio y servicios vinculados.
Es importante que tengas presente que, si tu empresa no cuenta con la contratación de estos seguros, estarás en infracción y, en el caso de que suceda algún siniestro, tendrás que abonar la indemnización correspondiente al trabajador en forma directa.
¿Cuándo se actualiza el seguro colectivo de vida obligatorio?
Según la Resolución 39.766/2016 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), la suma asegurada del seguro colectivo de vida obligatorio se actualiza una vez al año y equivale a 5,5 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM).
El monto se ajustará anualmente conforme el último SMVM publicado en diciembre de cada año y entrará en vigencia a partir de marzo del año siguiente. En tanto, la prima de la suma asegurada, es decir, el costo que afronta el empleador para la cobertura de cada uno de sus empleados, es de $0,205 mensuales por cada $1.000 asegurados.
De esta manera, la suma asegurada en marzo de 2024 es de $858.000 ($156.000 x 5,5), mientras que la prima individual queda en $175,89 ($156.000 x 0,205 / $1.000).
¿Quién paga los seguros colectivos de vida obligatorio?
Los seguros colectivos de vida serán pagados por la empresa aseguradora que haya sido contratada por el empleador según se especifique en las condiciones del contrato. A su vez, los beneficiarios serán aquellas personas allegadas al fallecido que este último haya escogido y establecido adecuadamente en el documento.
¿Cuánto tiempo demora el cobro de un seguro de vida de un fallecido?
El plazo para tramitar el cobro del seguro de vida colectivo es de diez años a partir de la fecha de fallecimiento del titular. En promedio, el tiempo que tarda la aseguradora en depositar el dinero del seguro en la cuenta del beneficiario promedia entre 30 y 60 días, aunque es un rango variable.
¿Qué trabajadores están excluidos del seguro colectivo de vida obligatorio?
Este seguro no es obligatorio para los siguientes trabajadores:
- Contratados por un término menor a un mes.
- Rurales permanentes que están amparados por la Ley 16.600.
- Tripulantes de embarcaciones de pesca profesional, comprendidos en la Ley 16.517.
- Pasantes y becarios vinculados con el empleador mediante figuras contractuales ajenas a la Ley de Contrato de Trabajo.
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