Las Comisiones Médicas son una instancia administrativa de revisión, que pueden utilizar los empleados que sufran un accidente o enfermedad laboral. En qué casos y cómo se debe acudir a ellas.
Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son empresas privadas contratadas por los empleadores cuya función es responder ante casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Es decir que, cuando un empleado sufre un accidente o lesión en ocasión de su trabajo, estas aseguradoras deben garantizar tanto su tratamiento médico como la indemnización correspondiente según la incapacidad ocasionada.
Puede ocurrir que, al momento de denunciar un accidente laboral o enfermedad profesional, existan divergencias entre el criterio o situación personal del trabajador y el diagnóstico que considere el médico de la ART. Para aquellos casos donde existan diferencias sustanciales de criterio o rechazo del accidente laboral, existen las comisiones médicas. Dicho en otras palabras, las comisiones médicas son una instancia administrativa superior a la cual pueden acudir los trabajadores y pedir una revisión de su diagnóstico y condición de salud.
¿Qué es una Comisión Médica?
En Argentina existen 41 Comisiones Médicas distribuidas por todo el país y una Comisión Médica Central ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, que actúa sólo en los casos de necesidad de apelación de algún dictamen.
Cada una de estas comisiones está integrada por cinco médicos que son seleccionados mediante concurso público. Su función es determinar las incapacidades derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de las personas incorporadas en el Sistema Integrado Previsional Argentino e intervenir en los casos de disminución de la capacidad laboral.
La función de la Comisión Médica es evaluar la salud del empleado que lo solicite y dictar una resolución de acuerdo a los procedimientos establecidos y con la aplicación de los contenidos de las Normas de Evaluación, Calificación y Cuantificación de Invalidez (Baremo) del decreto 478/98.
¿Cuándo se debe recurrir a las Comisiones Médicas?
- Cuando el trabajador recibe el alta médica por parte de la ART tras un accidente o enfermedad laboral pero no se está de acuerdo con dicha alta.
- Cuando, una vez terminado el tratamiento médico indicado, sea necesario un reingreso al mismo y la ART no quiera aprobarlo nuevamente.
- Cuando se rechace el siniestro que el trabajador denuncia o se trate de un caso de enfermedad profesional no listada. En ambos casos, se puede pedir una revisión ante la Comisión Médica.
- Cuando haya divergencia en la determinación de la incapacidad.
- Cuando el empleador no tiene ART y existan diferencias en torno a un accidente laboral y/o enfermedad profesional.
¿Cómo pedir Comisión Médica?
El turno ante las comisiones médicas se pide de manera virtual a través de la página Mi Argentina, con el uso de CUIT y Clave Fiscal del empleado. Las comisiones médicas intervienen ante determinadas situaciones y el trabajador puede acceder a ellas, sin asistencia letrada. Debe presentarse, de manera obligatoria, en el lugar y en la fecha indicada por la Comisión Médica.
¿Cuánto demora el dictamen de la Comisión Médica?
La ley 27348 de Riesgos del Trabajo establece que es la Superintendencia de Riesgos del Trabajo quien dicta y actualiza las normas del procedimiento de las comisiones médicas jurisdiccionales y la Comisión Médica Central.
La Comisión Médica jurisdiccional tiene un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la primera presentación, para emitir su dictamen. Dicho plazo podrá ser prorrogable por cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas.
¿Quién determina el grado de incapacidad laboral?
Otra de las situaciones en las que intervienen las comisiones médicas es cuando surge una incapacidad laboral. En Argentina, existen dos tipos de incapacidades laborales: la temporal y la permanente. Y es la Comisión Médica la encargada de encuadrar a cada caso en una u otra categoría.
La incapacidad temporal se da cuando el trabajador está imposibilitado para el trabajo y necesita de asistencia médica, pero su situación inicial es probable y reversible. En los casos de Incapacidad Laboral Permanente, por el contrario, tras haberse el trabajador sometido a tratamiento médico, presenta imposibilidades que disminuyen o anulan por completo la capacidad laboral.
¿Qué pasa después de la comisión médica?
Cuando un trabajador acude a Comisión Médica debe presentar todos los estudios médicos que tenga para demostrar su condición de salud. Adicionalmente, la Comisión Médica podrá solicitar estudios complementarios que serán realizados a través de un prestador de la SRT. Estos estudios son gratuitos, obligatorios y el resultado le llegará de manera directa a la SRT.
Una vez que todos los estudios fueran evaluados y realizados los complementarios en los casos indicados, la Comisión Médica emitirá un dictamen, el cual, en caso de disconformidad por parte del empleado, podrá ser apelado en el transcurso de cinco días hábiles ante la Comisión Médica Central.
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