En esta oportunidad te presentaremos algunas recomendaciones a la hora de ser inquilino y de asegurar tu vivienda alquilada. existen muchas dudas con respecto a si es obligatorio contratar un seguro para una vivienda alquilada, desde nuestro blog de Segurarse creemos que es altamente recomendable contar con un seguro que responda ante los posibles daños tanto a personas como a la vivienda en si misma
Por ser inquilino se tiene que contratar un seguro de hogar o no?, al ser la vivienda propiedad de otra persona surgen dudas sobre el tipo de seguro y las garantías a contratar. Se puede creer que debe ser el propietario quién deba contratar el seguro y que la mayoría de riesgos le afectan más a él, pero existen situaciones que por las que es conveniente asegurar como inquilino para evitar hacer frente a posibles daños ocasionados a otras personas con tu patrimonio. Si el inquilino y el propietario aseguran la vivienda algunas coberturas se repiten o solapan pero esto no es así, ya que en función de quién sea el responsable del siniestro será una póliza u otra la que indemnice.
¿Es obligatorio hacer un seguro de hogar como inquilino? No, no es obligatorio. En la actualidad no existe ley alguna que obligue a contratar un seguro siendo el inquilino de una vivienda. ¿Puede el propietario obligarme a pagar su seguro de hogar? no, no es obligatorio, distinto es que forme parte de las negociaciones para tener acceso a la vivienda.
Es clave tener en claro estos dos conceptos, continente y contenido, ya que configuran la esencia de un seguro de hogar, por eso las aseguradoras hablan de ellos todo el tiempo. Pero no te preocupes porque es sencillo:
El continente lo constituyen todos los elementos que conforman la estructura del lugar donde vives, es decir, todos los materiales que conforman tu vivienda: techos, tejados, paredes, muros, instalación eléctrica, de agua y de gas, suelos, pintura o papel de las paredes, marcos, etc.
Cuando tu seguro indica que cubre el continente, significa que se hará cargo de los desperfectos (debido a inundación, incendio, etc.) que haya que hacer en esas partes de la vivienda.
El contenido está integrado por los componentes de tu vivienda que no sea estructurales y que tengan, claro está, un valor y por tanto valga la pena asegurar. Es decir: electrodomésticos, aparatos electrónicos, muebles, joyas, obras de arte, etc.
Cuando tu seguro indica que cubre el contenido significa que se hará cargo de la reposición, generalmente por robo, del listado de objetos asegurados.
El Seguro de responsabilidad civil, ¿Qué es? Es el compromiso que asume quien lo contrata de reparar el mal que pueda causar a otra/s persona/s.
En la mayoría de casos, se trata de una reparación económica debido a algún accidente doméstico que haya perjudicado a un/a tercero/a: inundación o goteras en otro piso debido a un grifo mal cerrado, tiesto que cae a la calle y causa heridas, etc.
Tampoco son obligatorias si eres inquilino pero, de nuevo, creemos que vale la pena que lo tengas contratado. Las hay de dos tipos, la responsabilidad civil locativa que cubre los daños que puedas ocasionar en la vivienda y la responsabilidad civil familiar que cubre los daños que puedas ocasionar a terceros.
Para terminar, si el propietario ya tiene un seguro hecho con anterioridad es necesario confirmar que se refleja la nueva situación de uso en alquiler, ya que los precios y las coberturas varían. Una posibilidad es que ambos seguros estén realizados con la misma aseguradora, de esta forma no habrá problemas para identificar qué compañía debe reparar. Por contra haciendo esto se pone todo en manos de la misma aseguradora y en caso de tener algún problema entre las partes no dispondrás del poder negociador de una figura que sólo represente a tus interés.
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